REFORMA HACENDARIA, ¿TRAE REALMENTE BENEFICIOS?
Han escuchado hablar de la Reforma Hacendaría y en que te podría afectar?. Pues si eres contribuyente en REPECOS o INTERMEDIO, esto es lo que cambiaría una vez que se apruebe:
Lo más destacado del nuevo Régimen llamado de "Incorporación"
Podrán optar por este régimen las personas físicas con actividad empresarial que en el año anterior hayan tenido ingresos inferiores a dos millones de pesos.
* Quienes se integren a este esquema tendrán descuentos en el ISR del 100% durante el primer año. Este descuento irá disminuyendo paulatinamente a los largo de los siguientes seis años.
* Sólo podrán tributar bajo este régimen seis años y después el contribuyente pasará al régimen general. No habrá posibilidad de tributar bajo este régimen más de una vez.
* Presentarán sus declaraciones de pago e informativas de forma bimestral y no trimestral, como propuso originalmente el presidente.
* Entregarán facturas a sus clientes, lo que actualmente no pueden hacer bajo la figura de Repecos.
* En los casos en que el contribuyente no presente la declaración bimestral dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones durante los seis años que dure el régimen, pasará de manera automática al régimen general, perdiendo los beneficios del Régimen de Incorporación.
Lo más destacado del nuevo Régimen llamado de "Incorporación"
Podrán optar por este régimen las personas físicas con actividad empresarial que en el año anterior hayan tenido ingresos inferiores a dos millones de pesos.
* Quienes se integren a este esquema tendrán descuentos en el ISR del 100% durante el primer año. Este descuento irá disminuyendo paulatinamente a los largo de los siguientes seis años.
* Sólo podrán tributar bajo este régimen seis años y después el contribuyente pasará al régimen general. No habrá posibilidad de tributar bajo este régimen más de una vez.
* Presentarán sus declaraciones de pago e informativas de forma bimestral y no trimestral, como propuso originalmente el presidente.
* Entregarán facturas a sus clientes, lo que actualmente no pueden hacer bajo la figura de Repecos.
* En los casos en que el contribuyente no presente la declaración bimestral dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones durante los seis años que dure el régimen, pasará de manera automática al régimen general, perdiendo los beneficios del Régimen de Incorporación.
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